Podríamos definir el Derecho civil como aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas).
Nuestras especialidades en materia de Derecho Civil son amplias y podríamos resumirlas de la siguiente manera:
Seguros (accidentes de tráfico), Derecho inmobiliario (desahucio, expediente de dominio, inmatriculación de fincas, división de cosa común) Propiedad horizontal (comunidades de propietarios, vicios de la construcción).
Familia (separación, divorcio y alimentos, filiación y adopción, parejas de hecho, reclamación paternidad, incapacidad judicial, liquidación de la sociedad de gananciales).
Contratación civil y Responsabilidad civil de médicos (negligencias médicas por mala praxis), Derecho Bancario (reclamación de hipotecas suelo y gastos por constitución de hipoteca).
Sucesiones y donaciones (testamentos, aceptación y adjudicación de herencias, contador- partidor, impuesto de sucesiones y donaciones).
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